Elecciones BPS- 22 de Noviembre.
Las Elecciones de Directores Sociales del Banco de Previsión Social (BPS) se llevarán a cabo el domingo 22 de noviembre de 2026.

En estas elecciones nacionales y obligatorias se eligen los tres representantes sociales que integran el Directorio del BPS en representación de los trabajadores activos, los jubilados y pensionistas, y las empresas contribuyentes.
Fechas claves del calendario electoral:
- 26 de agosto al 14 de septiembre de 2026: Plazo de la Corte Electoral para realizar reclamos sobre la inclusión o datos en el padrón electoral preliminar.
- 22 de septiembre de 2026: Publicación del padrón definitivo y difusión de los planes circuitales por parte de la Corte Electoral.
- 23 de octubre de 2026: Vencimiento del plazo para el registro de hojas de votación.
- 22 de noviembre de 2026: Día de la elección.
- 23 de noviembre de 2026 al 21 de enero de 2027: Plazo para presentar la justificación por la no emisión del voto.
Ordenes y condición de habilitación
Para votar en cualquiera de los tres órdenes, la persona o entidad debía cumplir con los requisitos al 28 de febrero de 2026:
- Trabajadores Activos: Personas mayores de 18 años, dependientes (públicos o privados) o en subsidio por incapacidad parcial o enfermedad/desempleo con vínculo vigente.
- Jubilados y Pensionistas: Jubilados, pensionistas por sobrevivencia, invalidez o vejez mayores de 18 años. (Excluye subsidios por desempleo, asistencias a la vejez o pensiones especiales).
- Empresas Contribuyentes: Empresas inscritas y que estuvieren al día en sus pagos de obligaciones con BPS. Deben designar mandatario para emitir el voto.
Excepciones y multas
Exentos de la obligación de votar: Personas mayores de 75 años de edad y titulares de prestaciones por incapacidad (cualquiera sea su edad). No requieren presentar justificativo.
Sanciones: El voto es obligatorio. Quienes no concurran a votar y no lo justifiquen dentro de los plazos legales estarán sujetos a multas equivalentes a las de las elecciones nacionales (en el caso de trabajadores y jubilados), y de entre 6, 12 y 20 UR para las empresas, según su número de dependientes.
